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Nuevas reglas sobre garantías en compras públicas: lo que debes saber

Las garantías ya no son obligatorias en todas las licitaciones. Desde diciembre 2024, hay menos requisitos y más opciones para presentarlas. Aquí te explicamos cómo.

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18 de abril de 2025

Si quieres venderle al Estado, hay un cambio importante que debes conocer. Desde el 12 de diciembre de 2024 rigen nuevas reglas sobre cómo se entregan y aceptan las garantías en compras públicas.

El objetivo es facilitar la participación de pequeñas y medianas empresas, eliminando barreras innecesarias y haciendo los procesos más simples.

En esta guía te contamos, de forma clara y sencilla, qué son las garantías, qué cambió y cómo prepararte para seguir compitiendo en el mercado público.

¿Qué son las garantías en compras públicas?

Las garantías son instrumentos financieros que aseguran al Estado que el proveedor cumplirá lo prometido. Funcionan como un respaldo en caso de que no se entreguen los productos o servicios en los términos pactados.

Existen principalmente dos tipos:

  • Garantía de seriedad de la oferta: asegura que, si te adjudicas el contrato, no te retirarás del proceso y cumplirás las condiciones ofertadas.
  • Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato: asegura que vas a cumplir con lo contratado, en tiempo, forma y calidad.

¿Qué cambió con la nueva normativa?

El nuevo reglamento de compras públicas introdujo tres grandes transformaciones en materia de garantías que pueden marcar una diferencia real para tu negocio:

1. Ya no es obligatorio presentar garantías en todos los casos

Antes se pedían garantías casi en todas las licitaciones públicas. Ahora, solo se pueden exigir en situaciones específicas, como te explicamos más abajo. Esto baja la carga para los proveedores y permite que más empresas puedan participar.

2. Puedes elegir el tipo de garantía que más te convenga

Con la nueva normativa, ya no estás obligado a presentar una boleta bancaria. Ahora puedes optar por diversos instrumentos, siempre que cumplan con tres requisitos esenciales: deben ser irrevocables, pagaderos a la vista y a primer requerimiento.

Algunas opciones disponibles son:

  • Certificados de fianza: ideales si no quieres inmovilizar tus fondos por mucho tiempo.
  • Boletas de garantía: emitidas por bancos, muy utilizadas en contratos más grandes.
  • Vale vista: una forma simple y directa de respaldo financiero.
  • Pólizas de garantía, tanto físicas como electrónicas, que garantizan montos en UF.

Esto te permite adaptar la elección del instrumento según tu flujo de caja, los costos de emisión y la rapidez que necesites.

3. Se promueven las garantías electrónicas

Hoy puedes presentar garantías en formato digital. Esta modalidad ahorra tiempo, reduce trámites y simplifica todo el proceso, tanto para ti como para el organismo público.

¿Cuándo se pueden exigir garantías?

La regla general es que las garantías solo se pueden exigir en ciertos casos y bajo ciertas condiciones, que deben estar debidamente justificadas por la entidad pública. Aquí te dejamos un resumen:

  • Garantía de seriedad de la oferta: solo puede exigirse en licitaciones públicas sobre 5.000 UTM y si existe un interés público que lo justifique. En ningún caso puede superar el 3% del monto total ofertado.
  • Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato: se puede exigir en contrataciones sobre 1.000 UTM, con un límite de hasta el 5% del valor neto del contrato. Excepcionalmente puede pedirse en contratos menores a 1.000 UTM, pero solo si hay riesgos justificados.

¿Cuándo puedes quedar exento de presentar una garantía?

Incluso en los casos donde la ley permite exigir una garantía, la entidad pública puede eximir su presentación, siempre que justifique adecuadamente su decisión. Esto se permite, por ejemplo, cuando:

  • Los productos se consumen antes del pago, como en el caso de alimentos, medicamentos u otros insumos perecibles.
  • El contrato tiene un fin social, como la entrega de servicios para personas mayores, comunidades aisladas o grupos vulnerables.
  • Se trata de una contratación por razones de interés público, como medidas urgentes en salud o seguridad.

Este tipo de exenciones están pensadas para fomentar una mayor participación de proveedores y evitar exigencias innecesarias.

¿Necesitas ayuda?

Adaptarse a estos cambios puede ser desafiante, sobre todo si participas en procesos de contratación pública por primera vez. Si necesitas orientación o apoyo, te invitamos a que nos contactes en www.licitalegal.cl/contacto. Estamos aquí para ayudarte a proteger tu negocio y aprovechar las oportunidades que trae esta nueva normativa.